APOYA STPS A LOS TRABAJADORES QUE NO SE LES PAGÓ EL AGUINALDO
 
Hace (75) meses
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· El encargado de la política laboral del País, Alfonso Navarrete Prida, dijo que, a partir de este miércoles, se realizarán visitas extraordinarias de inspección a centros de trabajo

 · La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo cuenta con los números telefónicos gratuitos 01 800 911 78 77 y 01 800 71 72 942, así como el correo [email protected], para asesorar a empleados que no recibieron ese derecho

En seguimiento a las acciones de protección al pago del aguinaldo, el Secretario del Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete Prida, instruyó a la Dirección General de Inspección Federal a vigilar y promover el respeto a los derechos laborales de carácter económico, al verificar que se haya cumplido con esa prestación para todos los trabajadores formales del País.

Esto será, dijo el titular de la STPS, por medio de visitas extraordinarias de inspección que comenzarán a partir de este miércoles, luego de que un día antes, el 19 de diciembre, venció el plazo establecido en la legislación laboral para que los patrones entregaran, en tiempo y forma, el aguinaldo a sus empleados.

El Artículo 540 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que la Inspección del Trabajo tiene como atribuciones vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo, así como facilitar información técnica y asesorar a los empleados y a los patrones sobre la manera más efectiva de cumplir la normatividad laboral.

También, poner en conocimiento de la autoridad las deficiencias y las violaciones a la legislación en la materia que observe en las empresas y establecimientos; además de realizar los estudios y acopiar los datos que le soliciten las autoridades y los que juzgue conveniente para procurar la armonía de las relaciones entre trabajadores y patrones.

El encargado de la política laboral del País recordó a todos los trabajadores formales que, de conformidad con la LFT, en el Artículo 87 se indica que los trabajadores debieron de recibir como pago de aguinaldo el equivalente a 15 días de su salario, por lo menos.

Cabe señalar que aquellos que hayan laborado menos de un año tienen derecho a que se les pague la parte proporcional al tiempo de servicio, independientemente de que ya no estén en la empresa o trabajen para una compañía distinta.

“El pago del aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores y el patrón en ningún caso puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe”, aseveró Alfonso Navarrete Prida.

Por lo anterior, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) cuenta con los números telefónicos gratuitos 01 800 911 78 77 y 01 800 71 72 942, así como el correo [email protected], a efecto de que todos aquellos trabajadores que no recibieron el pago de su aguinaldo se les brinde la asesoría que requieran y, en todo caso, iniciar el procedimiento de conciliación o representación jurídica que corresponda.

Para quejas, la STPS también pone a disposición el número telefónico 3000 2700 ext. 65338 y 65388, además del correo [email protected].

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