La libra Julián Vera; acuerda con madre
 
Hace (76) meses
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Después de pagar 100 mil pesos por la reparación del daño, además de 370 mil pesos el seguro de la patrulla, el exmando Julián Vera Segura firmó el pasado viernes un convenio con la madre de María de Jesús, menor atropellada el pasado 30 de noviembre por el exfuncionario, para lograr una suspensión condicional y no ser detenido por su presunta responsabilidad en la muerte de la estudiante.

“Se celebró una forma de solución al conflicto, que es la denominada suspensión condicional”, señaló en entrevista a Criterio Carmen David Solís Hernández, defensa del exjefe de policía.

“El seguro de la patrulla hizo una aportación de 370 mil pesos, y el policial una aportación de 100 mil pesos: 470 mil pesos en total. El hecho que la ley señala como delito es homicidio culposo”, explicó.

Solís Hernández sostuvo que “la cuestión se convierte en mediática y bajo la presión, existía una alta probabilidad de que se impusiera prisión preventiva”, ante lo cual acudieron a la justicia federal por un amparo (1509/2017).

“Se solicita que intervenga una suspensión provisional para efecto de que no sea detenido.

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“El nunca huye, lo que quería es que existieran sus garantías más importantes para comparecer y negociar en todo momento; él se presentó el mismo día del incidente, acudió al Ministerio Público y entregó la patrulla”, afirmó la defensa del exdirector de Seguridad Pública.

Añadió que la sugeren-
cia legal fue comparecer ante
las autoridades.

“Desde que se me contrata para el asunto en todo momento la sugerencia fue comparecer ante el Ministerio Público, y se sujetó a todas las condiciones que el MP estimara conducentes. Nosotros llegamos a las 5 pm, por trámites el MP nos recibió a las 7:00 p.m.

“La mamá y el abuelito de la niña están conscientes de que en todo momento existió el apoyo del señor Julián Vera”, agregó.

La defensa argumentó una falta de notificación inadecuada para la primera audiencia del caso, programa para el 4 de diciembre. “No se acude a la cita del juez no por desobedecer, se observa que la ley no se está cumpliendo, la orden de aprehensión se genera en audiencia privada; nosotros acudimos al amparo discutiendo que no se notificó debidamente”.

“En el amparo se consideró que fue citado en horas inhábiles, lo citan sábado en la noche, para que comparezca en una audiencia de lunes en la mañana. Lo que se discute es que se le dé la oportunidad de hacerle la notificación con 24 horas de anticipación, como lo marca el Código Nacional de Procedimientos Penales, pero las notificaciones tienen que ser en días hábiles.

“Él nunca se sustrajo, estuvo dispuesto a comparecer, el Código Nacional de Procedimientos Penales establece la posibilidad de optar por una salida alterna, se optó por la suspensión condicional, y cuando hay un arreglo entre la víctima e imputado, hay condiciones que debe de cumplir, como la reparación de daño”, afirmó.

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