Confirma TEEH a Pascual Charrez como candidato
 
Hace (95) meses
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El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) confirmó la candidatura de Pascual Charrez Pedraza como candidato del Partido Acción Nacional (PAN) por la presidencia municipal de Ixmiquilpan.

Lo anterior, luego de que el representante del Partido del Trabajo (PT) ante el Instituto Estatal Electoral (IEE) Hidalgo, Martín Becerra Delgadillo, interpuso un recurso de apelación ante dicho órgano jurisdiccional con el argumento de que Charrez Pedraza participó en dos procesos partidistas internos.
El magistrado Javier Ramiro Lara Salinas expuso que el agravio que argumentó el representante del PT resultó inoperante e ineficaz, toda vez que omitió presentar pruebas, tales como convocatorias o solicitudes de registro.
Cabe recordar que al inicio del proceso electoral, el PAN y el Partido de la Revolución Democrática (PRD) suscribieron una alianza en 50 municipios del estado; Charrez, por el sol azteca, encabezaría la candidatura en Ixmiquilpan.
Sin embargo, luego de que fue el propio TEEH quien disolvió la alianza PAN-PRD, el hermano de Cipriano Charrez decidió buscar la candidatura en el albiazul.
Por otro lado, durante la sesión del tribunal, se confirmó la candidatura de Miriam Campoy como aspirante a la alcaldía de Molango por el PRD.
Esteban Ruiz Hernández promovió un juicio para la protección de los derechos político electorales, debido a que él encabezaba dicha candidatura; sin embargo, tras realizar sustitución de candidatura para cumplir paridad de género, el PRD designó candidata a Miriam Campoy.
En otro punto, se ordenó al PAN (en un plazo de 24 horas) y al IEE (en un lapso de 12 horas) realizar sustitución de Andrea Domínguez y Gregoria González como candidatas propietaria y suplente a la quinta posición de regiduría en la planilla de Mineral del Monte, pues al ser una planilla que termina en número impar es posible repetir el género en las dos
últimas fórmulas.
Por último, se revocó el registro de Marlén Medina como candidata a diputada en la segunda posición por el principio de representación proporcional por el PRD, debido a que su recurso no contaba con firma autógrafa y ser presentado fuera del plazo establecido por la ley.

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