Avalan IVA a alimento para mascotas
 
Hace (65) meses
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La Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró constitucional aplicar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) al alimento procesado para mascotas.

La institución precisó que la tasa cero del IVA no es aplicable para comida destinada a animales en general, sean o no domésticos.

Por lo anterior, en todos sus casos, su venta se debe gravar con la tasa del 16 por ciento.

Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Primera Sala de la SCJ negó hoy a la cadena Wal-Mart de México el amparo contra la reforma que eliminó la tasa cero del IVA para este tipo de alimento desde enero de 2014.

En febrero de 2017, la Sala desechó el proyecto de la Ministra Norma Piña que proponía conceder el amparo debido al trato inequitativo con respecto a la comida para animales de mayor tamaño, como caballos y los de trabajo de campo, que mantenían la tasa cero, de acuerdo con Wal-Mart.

La sentencia aclaró que es falso que existe dicho trato preferencial para el alimento de animales de mayor talla.

“Por excepción, determinados productos se benefician con la aplicación de la tasa cero, sin que se advierta que en este supuesto ubique el alimento procesado para equinos ni ningún otro alimento procesado destinado a la alimentación animal”, apuntó.

En caso de ganar el amparo, la cadena comercial hubiera podido aplicar la tasa cero, que le permitiría acreditar IVA a su favor y reducir el precio del producto al público.

Con información de Víctor Fuentes

Tonatiúh Rubín
Agencia Reforma

 

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