Proponen de 10 a 20 años de cárcel por el delito de tortura, en Hidalgo
 
Hace (54) meses
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Foto: Juan Martínez

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Para homologar las penalidades establecidas para del delito de tortura establecidas en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la diputada local Lisset Marcelino Tovar propuso modificar el código penal del estado.

 

De acuerdo con la diputada del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), el Código Penal hidalguense contempla penas de “3 a 12 años de prisión y multas de 200 a 500 días, privación del cargo e inhabilitación para desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos hasta por el máximo de la punibilidad señalada”.

 

En cambio, la Ley General contempla penas de 10 a 20 años de prisión y de quinientos a 1,000 días de multa, en su Artículo 26.

 

Marcelino Tovar señaló que, al promulgarse la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, en su artículo Tercero Transitorio se estableció un “plazo de máximo ciento ochenta días contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, la legislatura de cada entidad federativa deberá armonizar su marco jurídico de conformidad con el mismo”.

 

Por ello, continuó, en lugar de derogar el artículo 322 Bis de nuestro Código Penal y evitar así lo que la demanda de inconstitucionalidad de la CNDH denomina “doble e imprecisa tipificación”, propuso reformar el artículo 322 Bis para que contenga los mismos elementos de la Ley General y así ratificar en Hidalgo la postura nacional e internacional sobre la tortura.

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De esta manera, el código penal de la entidad establecería que se impondrá́ una pena de diez a veinte años de prisión y de quinientos a mil días multa, al Servidor Público que incurra en actos de tortura.

 

Adicionalmente se le impondrá destitución e inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos hasta por el mismo lapso de la privación de la libertad impuesta, la cual empezará a correr una vez que se haya cumplido con la pena privativa de la libertad.

 

En el caso del Servidor Público que conozca de actos de tortura y se abstuviera de denunciar, se le impondrá una pena de tres a seis años de prisión y de doscientos cincuenta a quinientos días multa.

Emmanuel Rincón

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