El fiscal anticorrupción estatal podrá determinar el archivo temporal de carpetas de investigación, el no ejercicio de acción penal y la aplicación de criterios de oportunidad –pese a la existencia de un delito y la probable responsabilidad de una persona en un ilícitos de este tipo que no afecte el interés público–.
En la edición del 12 de junio del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) se publicó el acuerdo de la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo (PGJH) en el que su titular, Raúl Arroyo González, delega estas facultades a su homólogo de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción, Ricardo César González Baños.
Estas potestades están previstas en los artículos 254 (archivo temporal), 255 (no acción penal) y 256 (criterios de oportunidad) del Código Nacional de Procedimientos Penales. Para que se apliquen, señala el documento, se debe reparar el daño causado a la víctima.
Los criterios de oportunidad, según la ley, se otorgarán cuando el delito no tenga pena privativa de libertad o esta sea máximo de cinco años, siempre que el ilícito no se haya cometido con violencia; para delitos patrimoniales sin violencia, que el imputado no actuase en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas.
También se aplicará cuando el inculpado sufra una consecuencia, daño físico o psicoemocional grave por cometer el delito, así como si tuviese una enfermedad terminal y la pena sea innecesaria o desproporcional al diagnóstico de esperanza de vida.
Además, si aporta información esencial y eficaz para la persecución de un delito más grave del que se le señala y se comprometa a comparecer en juicio.
DATOS
Según la publicación del POEH, este decreto tiene vigencia a partir del jueves pasado
Hasta mayo de este año, en la Fiscalía Anticorrupción de Hidalgo se habían iniciado 467 carpetas de investigación
Ricardo César González Baños fue designado fiscal anticorrupción en octubre de 2017 por la LXIII Legislatura de Hidalgo
Marisol Flores I Pachuca
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