Esta tarde la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) echo para atrás la llamada “Ley Antibronco” en el estado de Hidalgo al invalidó el artículo 247del Código Electoral de la entidad que limita el registro, como candidatos independientes, a desertores de partidos políticos.
En sesión ordinaria, esta tarde, los ministros declararon inconstitucional dicho artículo de la ley que señala expresamente que “no podrán solicitar su registro como candidatos independientes los ciudadanos que participaron en algún procedimiento interno de selección de candidatos de algún partido político, dentro de los dos procesos locales electorales inmediatos anteriores y que en el proceso actual aspiren a obtener la candidatura”.
La impugnación a esta reforma que en fue promovido por el Comité Nacional Ejecutivo (CEN) del Partido Acción Nacional (PAN) luego que el pleno del congreso de Hidalgo, en sesión extraordinaria del 4 de septiembre pasado, aprobara la modificación al artículo 247, misma que fue enviada por el gobernador Francisco Olvera.