Defiende Yoli parquímetros ante tribunal
 
Hace (79) meses
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Pese a que la alcaldesa Yolanda Tellería prometió en campaña revisar el contrato con Comuni Park, la Dirección Jurídica del ayuntamiento de Pachuca pretende invalidar el juicio de nulidad contra el acta de Cabildo que avaló la instalación de parquímetros en la ciudad, mismo que interpuso el regidor independiente Navor Rojas Mancera.

En la refutación de los hechos, la alcaldía afirma que el juicio 145/2017, promovido el 10 de julio de 2017 ante la Segunda Sala del Tribunal Fiscal Administrativo, “no acredita afectación a los residentes y vecinos de las zonas donde se instalaron los parquímetros”, pese a que las muestras de rechazo a través de mantas, cartulinas y, desde hace dos semanas, con movilizaciones en las colonias Centro, Constitución y Periodistas.

El 11 y 18 de agosto, los colonos se manifestaron para evitar la colocación de cajones en la calle Andrés Guerrero, en la colonia Periodistas. El 23, elementos de la policía capitalina intentaron dispersar otra manifestación de vecinos.
El ayuntamiento de Tellería argumenta que el juicio de Rojas Mancera es extemporáneo, pues el convenio con la empresa Comuni Park fue aprobado el 6 de febrero 2015 y publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) el 9 de marzo de 2015, hace más de dos años.

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Además, dice, su carácter fue público, ya que la 24 sesión extraordinaria de Cabildo, cuando se avaló el acta, respondió a un “ejercicio de su voluntad política que realiza la autogestión de los intereses de la comunidad a través de sus representados, por lo que los acuerdos tomados fueron conocidos y surtieron efectos jurídicos”, versa literal el documento.

Agrega que el Reglamento para el Control de Estacio-namiento en las Vías Públicas Regulado por Parquímetros, se publicó el 9 de marzo de 2015 en el POEH, por lo cual la población tuvo conocimiento del acto.

Asimismo, el ayuntamiento solicita el sobreseimiento del juicio al considerar que el regidor carece de interés legítimo y jurídico, el cual, según lo dispuesto en los artículos 59 párrafo segundo, 63 y 67 fracción II de la Ley Orgánica municipal para el Estado de Hidalgo, corresponde al síndico procurador jurídico y, ante cualquier causa fundada, la representación recae en el presidente municipal. La administración agregó que en caso que la colocación de parquímetros causara agravio a los particulares, tendrían que ser ellos quienes promuevan el juicio de nulidad y no un miembro del ayuntamiento.

También, dice, debe ser improcedente tomar en cuenta la jurisprudencia 13/2013 de Cuautla Morelos, que impide conceder a particulares la renta de espacios para estacionamiento, dictada por la Suprema Corte de Justicia para interpretar la Ley Orgánica Municipal del estado, pues son “completamente diferentes” y no es aplicable. Además, porque el recurso legal es de 2013 y la Ley Orgánica fue actualizada en 2017.

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