Deja de cobrar Caasim 10 mdp al año por UAEH
 
Hace (77) meses
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Al año, la Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales (Caasim) ha dejado de recibir casi 10 millones de pesos por el consumo de líquido en las instalaciones de la Universidad Autónoma de Hidalgo (UAEH) en la zona metropolitana de la capital hidalguense. 

De acuerdo con el último corte, con carácter de recibo de cobro, la comisión exige un pago de 177 millones 313 mil 652 pesos por 60 meses de consumo de 14 edificios. Con fecha del 30 de octubre de 2017, el documento en posesión de Criterio señala que, debido a la negativa de la casa de estudios de colocar medidores, el consumo de 12 inmuebles ha sido calculado.

Tan sólo en estas instalaciones, señala el organismo operador del recurso hídrico, la universidad ha consumido sin pagar 47 mil metros cúbicos de agua desde que la comisión arrancó con el cobro a escuelas públicas: hace cinco años.

Entonces, inició con el cobro en las escuelas públicas y organismos autónomos, derivado de la tesis de jurisprudencia 40/2010, aprobada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que señala que tanto la UAEH como los demás organismos paraestatales, sin importar sus fines, están obligados a pagar su servicio de líquido.

El dictamen señala que los derechos por el servicio de suministro de agua para bienes del dominio público no están comprendidos en la exención de cargas tributarias -como sí puede ocurrir con el predial- y asegura que por regla general la prestación del servicio público amerita una contraprestación.

Además, en el documento, que puede ser consultado en la página web de la SCJN, se prohíbe que las leyes federales y estatales concedieran exenciones en relación con las contribuciones mencionadas.

La tesis aclara que dicho beneficio fiscal es inaplicable si esos bienes son utilizados por entidades paraestatales o particulares, bajo cualquier título, para fines administrativos o propósitos distintos a los de su objeto público.

La semana pasada, Grupo Pachuca pagó una deuda de 16 años de agua potable.

Criterio publicó en agosto que, de acuerdo con las estimaciones de la Caasim, la UAEH acumulaba un saldo pendiente de 169 millones 616 mil 615 pesos. Esto representa 97 por ciento de los adeudos ante dicho organismo intermunicipal.

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INCONSTITUCIONAL

El 22 de marzo de 2012, la SCJN resolvió a favor del procurador general de la república, Arturo Chávez Chávez, quien promovió acción de inconstitucionalidad en la que solicitó la invalidez del artículo 21 del decreto que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Universidad Tecnológica de la Sierra, en Nayarit, publicado en 2010, en el periódico oficial de la entidad, el cual establece que “Los bienes inmuebles propiedad de la Universidad no estarán sujetos a contribuciones estatales ni municipales”.

LEGISLACIÓN

1.- leyes de los estados no pueden establecer exenciones o subsidios a favor de persona o institución respecto de las contribuciones que recaudan los municipios sobre la propiedad inmobiliaria o respecto de los ingresos por prestación de servicios públicos.

2.- Únicamente estarán exentos de tributar sobre predial los bienes de la federación, los estados o los municipios, siempre y cuando no sean usados por entidades paraestatales o particulares para fines administrativos o propósitos distintos a su objeto público.

3.- La exención está contenida en una disposición constitucional y debe ser observada por las autoridades municipales sin necesidad de que deba fijarse o explicitarse en una ley local.

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