Detectan a 2 patrones que niegan aguinaldo en Pachuca
 
Hace (74) meses
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Durante diciembre pasado, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (PDT) detectó que dos patrones incumplieron con al pago correspondiente por aguinaldo; es decir, otorgaron a sus trabajadores un monto menor al que establece la ley.

Ello, derivado de que en el último mes de 2017 el organismo otorgó 31 asesorías sobre la prestación anual, explicó su titular, Laura Chincolla Hidalgo.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), toda persona que tenga una relación laboral de tipo subordinada a un patrón debe recibir aguinaldo, el cual por lo menos, equivale a 15 días de su salario.

La funcionaria de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) explicó que los patrones que no cumplieron con el monto completo del aguinaldo fueron citados por la autoridad, a efecto de conciliar el pago correspondiente.

Aunque, aclaró, el trámite aún no concluye, pues la autoridad laboral otorga hasta tres oportunidades para que el empleador comparezca, antes de llegar a una demanda.

Durante diciembre de 2017, de 367 asesorías otorgadas, sólo 31 fueron en materia de aguinaldo, por lo que consideró que la “mayoría de los patrones” cumplió con la obligación.

“Por lo regular es una prestación que el patrón trata de cumplir”, dijo en entrevista la funcionaria.

En 1970, dicha remuneración se estableció como obligatoria para empleados de base, confianza, planta, sindicalizados y los contratados por obra, tiempo determinado o eventuales, así como los comisionistas, agentes de comercio, vendedores y otros semejantes que se rija la LFT.

 Derecho

Quienes hayan laborado menos de un año, tienen derecho a recibir la parte proporcional al tiempo de servicio, independientemente de que ya no trabajen en la empresa o lo hagan para una compañía distinta.

 

 

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