Avalan diputados en lo general reforma política del Distrito Federal
 
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La Cámara de Diputados aprobó en lo general, por 386 votos en favor, 33 en contra y una abstención, el dictamen a la minuta en materia de Reforma Política del Distrito Federal.

Con ello, se modifican 54 artículos de la Carta Magna y se derogan dos, para darle a la capital igualdad jurídica como a las demás entidades del país y otorgarle obligaciones y facultades prerrogativas.

La ciudad de México adoptará para su régimen interior la forma de gobierno republicano, representativo, democrático y laico. El poder público de la capital del país se dividirá para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Con la enmienda, se crearán poderes locales en el Distrito Federal que sustituirían a sus actuales órganos de gobierno. Por otra parte, se le dará a esta entidad la posibilidad de contar con una Constitución Política y no sólo con un estatuto de gobierno.

Además, la Asamblea Constituyente se alineará al Pacto Federal, podrá crear la primera Carta Magna de la capital del país y tendrá la posibilidad de adoptar un régimen residual de competencias, idéntico al de los estados y no inverso, como el que tiene actualmente.

Esa instancia será de carácter honorífico, se integrará con diputados designados de dos formas: 60 por elección directa a través del principio de representación proporcional, y 40 por designación de diversas instituciones del Estado: el Congreso de la Unión, el Ejecutivo federal y el jefe de Gobierno del Distrito Federal.

Además, se crearán las alcaldías como órganos político-administrativos en la ciudad de México, integradas por un alcalde y un consejo, ambos electos por voto universal libre, secreto y directo, para un periodo de tres años.

La legislatura de la ciudad de México podrá expresar también la conveniencia o inconveniencia de erigir un nuevo estado dentro de su territorio.

Otro punto es que se suprime la facultad del presidente de la República para conceder indulto a reos sentenciados por delitos del orden común en la ciudad de México.

También se suprime la facultad de la Cámara de Diputados para pronunciarse en definitiva sobre la declaratoria de procedencia con respecto de los diputados de la Asamblea Legislativa, del jefe de Gobierno y del titular de la Procuraduría General de Justicia capitalinos, dándoles un trato igual sobre sus homólogos de los estados.

Además, se deroga la facultad del Senado de la República para nombrar y remover al mandatario capitalino; al tiempo que este funcionario público podrá designar o quitar al servidor al mando directo de la fuerza pública local.

La reforma plantea en otro punto que la ciudad de México cuente con organismos constitucionales autónomos que la Carta Magna prevé para todas las entidades federativas y dispone la dispone la creación del Consejo de Desarrollo Metropolitano.

El dictamen precisa que los actuales órganos de gobierno Legislativo, Ejecutivo y Judicial del Distrito Federal se transformarían en poderes locales. El primero se integrará por miembros electos cada tres años con posibilidad de tres reelecciones consecutivas y el segundo, por un titular electo para seis años de mandato.

El tercero, es decir, el Poder Judicial, será conformado en los términos que dicte la Constitución local con base en la actuación de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, y a quienes se les dotará de las garantías para su desempeño imparcial.

Mencionó que la competencia del futuro Poder Legislativo local será en términos homólogos a los de las legislaturas de los estados es decir, con el ejercicio de las facultades no conferidas expresamente al Poder Legislativo Federal, salvo la restricción expresa que se haga en la Constitución General de la República.

También se encomienda la titularidad de la administración pública local al jefe de Gobierno, para el funcionamiento de la hacienda pública en materia de presupuesto y patrimonial, en seguridad pública, así como en la prestación de servicios de carácter integral como agua potable, drenaje, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.

La división territorial para su organización político-administrativa, así como el número, las denominaciones y los límites de sus demarcaciones territoriales serán definidos con lo dispuesto en la Constitución Política local. El gobierno de las demarcaciones territoriales de la ciudad de México estará a cargo de las alcaldías.

Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Daniel Ordóñez Hernández, estableció que con esta reforma se modifican 54 artículos de la Carta Magna, y significa la integración total de la capital al pacto federal y “hoy nos integramos formalmente a la República”.

Dotar a la ciudad de México de su texto constitucional, dijo, significa solventar una deuda histórica con la capital de nuestra República. Pero también implica, dijo, modernizar y actualizar esquemas políticos con los cánones del constitucionalismo moderno.

Un aspecto relevante de esta propuesta, subrayó, es la eliminación de la figura jurídica de las jefaturas delegacionales y la creación, de las demarcaciones territoriales de la ciudad de México, las cuales serán encabezadas por un alcalde y concejales.

Por otra parte, continuó, la ALDF se convertirá en un Congreso local, por lo que adquirirá la facultad para aprobar o rechazar reformas constitucionales, como el resto de los congresos estatales, formando parte del Constituyente.

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