Retira Suprema Corte candado a independientes
 
Hace (80) meses
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Los Congresos estatales no pueden obligar a quienes han sido candidatos independientes a afiliarse a un partido político para representarlo en una elección, resolvió por unanimidad la Suprema Corte de Justicia.

El máximo tribunal invalidó una reforma a la Ley Electoral de Tamaulipas aprobada en junio.

El artículo 80, fracción 13, de esa ley, que fue anulado por impugnación del Partido Encuentro Social, establecía: “Los partidos políticos o coaliciones, no podrán postular como candidato a quien en el proceso electoral inmediato anterior, haya sido postulado como candidato independiente, salvo que el ciudadano se haya afiliado al partido político que lo postule a más tardar dos meses antes del inicio del proceso electoral”.

Los ministros afirmaron que este candado es una clara violación al derecho Constitucional a ser votado a un cargo de elección popular.

“Este requisito es inconstitucional: condiciona el ejercicio de los derechos de asociación, afiliación política y ser votado”, afirmó el Ministro Javier Láynez, autor de la sentencia.

“Corresponde a la vida interna de los partidos políticos establecer reglas de afiliación y quiénes pueden ser candidatos”.

Cuando fue aprobada esta reforma, el presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso de Tamaulipas, el panista Carlos García González, afirmó que no era un candado para los independientes, y que si alguno no quería afiliarse al partido que lo iba a postular, “que se ampare”.

Esto ya no será necesario, pues la invalidez decretada por la Corte tiene efectos generales.

La Corte también avaló la reducción del número de diputados del Congreso de Tamaulipas, de 40 a 30, y aclaró que no hay obligación de los Estados de regular el voto.

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