Proponen permitir cambio de nombre a los transgénero en Hidalgo
 
Hace (60) meses
 · 

Proponen permitir cambio de nombre a los transgénero en Hidalgo
Foto: David Martínez

Compartir:

La diputada Areli Rubí Miranda Ayala presentó una iniciativa al Poder Legislativo para reformar la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo con la finalidad de permitir que personas transgénero cambien de nombre en sus actas de nacimiento.

La perredista propuso modificar los artículos 393 y 394 y adicionar los 416 bis, ter y quáter de dicha norma, durante la sesión 33 de la LXIV Legislatura local.

El planteamiento señala que se reconocerá la identidad de género en los registros del estado familiar y que en el acta primigenia se anotará la modificación que se hace para que, en este documento, una persona elija el género con el que se identifica.

“Se entiende por identidad de género la convicción personal e interna, tal como cada persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no al sexo asignado en su acta”, expresó la legisladora local.

Detalló que en la propuesta se precisa que en ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica, terapias u otro diagnóstico o procedimiento para reconocer la identidad de género.

En su justificación, dijo que su iniciativa busca abonar a la certeza jurídica de este sector de la población hidalguense a partir de lo que establecen los tratados internacionales, de los que el Estado forma parte, así como lo señalado en la materia en la Constitución Política de México.

Para realizar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de identidad de género, se pedirá una solicitud debidamente llenada, copia certificada del documento primigenio, original y copia de una identificación oficial y un comprobante de domicilio, según la propuesta, la cual añade que el trámite lo hará personal de la Dirección del Registro del Estado Familiar, el cual efectuará la anotación y la reserva correspondiente en el primer documento.

De hacerse en un juzgado distinto al registrado en el acta de nacimiento, este será notificado por escrito; el documento primigenio quedará reservado y no se publicará ni expedirá constancia alguna, salvo mandamiento judicial o petición ministerial.

Tras el cambio de identidad se deberá avisar a las secretarías de Gobernación, de Finanzas, de Educación Pública, de Salud y de Relaciones Exteriores, así como al Instituto Nacional Electoral, Tribunal Superior de Justicia de Hidalgo, Fiscalía General de la República, Centro Nacional de Información del Sistema Nacional y al Consejo de la Judicatura Federal.

PRESENTARON INICIATIVA PARA MODIFICAR CÓDIGO

El 29 de enero la morenista Tatiana Ángeles Moreno anunció que trabajaba en una propuesta de reforma del Código Civil estatal para permitir la rectificación del acta de nacimiento, en las secciones de nombre y género, con la finalidad de reconocer la identidad de género de las personas transgénero, transexuales y travestis mayores de 18 años

Marisol Flores | Pachuca

También te puede interesar:

Compartir:
Relacionados
title
Hace (32) meses
title
Hace (33) meses
title
Hace (34) meses
title
Hace (38) meses
Se dice
/seDiceGift.png
Especiales Criterio
/transformacion.jpeg
Suscribete
/suscribete.jpg
Más popular
Por Redacción Criterio . 21 de marzo de 2024
Por Redacción Criterio . 20 de marzo de 2024

© Copyright 2023, Derechos reservados | Grupo Criterio | Política de privacidad