Rechaza PT postular indígenas por Ixmiquilpan
 
Hace (73) meses
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El Partido del Trabajo (PT) argumentó que el distrito federal II de Ixmiquilpan cuenta con 40.47 por ciento de población originaria, por lo que en el plano local no debe considerarse como uno de los tres distritos en los que los partidos deben postular indígenas.

El 21 de diciembre el Instituto Estatal Electoral (IEE) resolvió los criterios para la postulación de indígenas y paridad de mediante el acuerdo CG/057/2017 para que los partidos postularan de manera obligatoria a un aspirante de origen étnico en uno de tres distritos: San Felipe Orizatlán, Huejutla o Ixmiquilpan.

El Tribunal Electoral del Hidalgo (TEEH), en la resolución del juicio JDC-240/2017, mandató al IEE modificar el documento y exigir a las agrupaciones políticas la postulación en los tres distritos.

Sin embargo, el PT ingresó el juicio de revisión constitucional ST-JRC-1/2018 en la Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) contra la sentencia del órgano jurisdiccional local.

Los petistas argumentan que la población originaria en Ixmiquilpan es menor que en los otros distritos federales. Para ello, se basan en una tabla del TEPJF que clasifica de 300 distritos federales que existen en el país a 28 con población originaria; de éstos, 13 tienen un porcentaje mayor a 60 por ciento (SUP-RAP-726/2017).

En Hidalgo, Ixmiquilpan y Huejutla cuentan con habitantes originarios, pero sólo el segundo tiene una población de 72.4 por ciento.

Para establecer el criterio en el ámbito local, el IEE se basó en datos de la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (Cdi) de 2010, por lo que en tres distritos locales el porcentaje de personas con esta característica supera 70 por ciento: Ixmiquilpan (70.19), Huejutla (80) y San Felipe Orizatlán (83.09), según el acuerdo CG/057/2017

El PT pide que los partidos sólo postulen en un distrito como establecía el IEE en un principio y que tengan libertad para determinar en cuál.
El consejero Augusto Hernández, aseveró que se usó metodología del INE.

JUICIO

El PT también argumentó que el juicio por el cual el TEEH modificó el acuerdo del IEE fue ingresado de manera extemporánea; es decir, cinco días después y no cuatro.

También señaló que la autoridad electoral no cuenta con mecanismos para garantizar que quienes sean postulantes tengan esta ascendencia.

Sara Elizondo I Pachuca

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