El TEEH declaró como inválida la disposición del IEEH que cancelaba las firmas ya recabadas cuando los promoventes incumplieran con informes financieros
El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) resolvió anular diferentes lineamientos del proceso de revocación de mandato como parte de la resolución del juicio ciudadano TEEH-JDC-68-2025, iniciada por el ciudadano Martín Camargo Hernández en contra de acuerdos del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) por considerar un exceso de requisitos en la recolección de firmas para solicitar el proceso de revocación de mandato en la entidad.
En ese sentido, el tribunal local determinó que toda la ciudadanía podría optar entre los dos formatos existentes para recabar las firmas de apoyo a la revocación de mandato; es decir, podrán firmar en formato digital o físico en todo el territorio hidalguense, pues el IEEH únicamente permitió el segundo formato para los municipios de Xochiatipan y San Bartolo Tutotepec, por considerarlos de alta marginación.
Por lo anterior, el TEEH ordenó al IEEH brindar a los promoventes inscritos, los formatos físicos que deberán utilizar para la recolección de firmas en un periodo ampliado por cinco días, por lo que el tribunal local determinó que la fecha límite para la recolección de dichos apoyos será el 10 de diciembre de este año.
Asimismo, el TEEH resolvió eliminar los requisitos de entregar una constancia fiscal y un contrato de apertura de cuenta bancaria para las personas físicas interesadas en fungir como promoventes, al considerar dichos requisitos como “excesivos” por limitar la participación ciudadana.
Finalmente, el TEEH también declaró como inválida la disposición del IEEH que cancelaba las firmas ya recabadas cuando los promoventes incumplieran con informes financieros, pues consideró dicha sanción como excesiva.
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