Inicia compensación de aerolíneas por demoras
 
Hace (81) meses
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El decreto de la Ley de Aviación Civil, que contempla compensación de las aerolíneas por demoras imputables a ellas, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Esta ley expone que en casos de demoras por causas imputables a las diferentes compañías de aerolíneas, éstas compensarán al pasajero afectado con hasta el 25 por ciento del costo del boleto de avión.

En cuanto a equipaje, para vuelos nacionales e internacionales, el pasajero podrá transportar como mínimo y sin cargo alguno, 25 kilogramos de equipaje cuando los vuelos se realicen en aeronaves con capacidad para 20 pasajeros o más, y 15 kilogramos cuando la aeronave sea de menor capacidad.

Además, la nueva normatividad establece que un pasajero mayor de edad puede llevar consigo a un menor de dos años sin derecho a asiento ni a franquicia de equipaje, pero la empresa no deberá cobrar por la emisión del boleto.

Asimismo, establece que en caso de que el pasajero haya adquirido boletos de ida y vuelta o con alguna conexión, podrá disponer de ellos para cada segmento particular; la aerolínea no podrá negarle el embarque a un vuelo por no haber utilizado alguno de los segmentos del trayecto total.

El decreto entra en vigor este martes 27 de junio y a partir de entonces, las aerolíneas contarán con un total de 90 días para adecuar sus procedimientos y así cumplir con las disposiciones de estos cambios.

Por su parte, la Cámara Nacional de Aerotransporte (Canaero) detalló en un comunicado que de quedar la ley de esta manera, se afectaría la competencia entre las empresas y el costo del boleto podría aumentar de precio.

 

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