El Congreso de Hidalgo ya había intentado realizar una consulta a pueblos y comunidades indígenas tras la reforma electoral aprobada en 2023
El Poder Judicial de la Federación volvió a pedirle al Congreso de Hidalgo que demuestre que cumplió con una sentencia que lo obliga a reponer una consulta indígena mal realizada antes de legislar sobre temas que impactan a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como a personas con discapacidad.
De acuerdo con documentos oficiales del expediente de la acción de inconstitucionalidad 192/2023 y sus acumuladas, se ordenó a la presidenta de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales del Congreso hidalguense, la diputada Lizbeth Ordaz Islas, informar en un plazo de 40 días hábiles sobre las acciones realizadas para cumplir con el fallo sobre la consulta indígena.
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No obstante, la autoridad judicial también solicitó a comisiones clave del Congreso involucradas en la materia, como la de Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, así como la de Derechos Humanos y Atención a Personas con Discapacidad, que remitan copias certificadas que acrediten los actos realizados para cumplir con la sentencia.
El documento advierte sobre sanciones económicas en caso de incumplimiento, pues establece que, de no atender el requerimiento, se podrá imponer una multa de hasta 120 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a los funcionarios responsables, es decir, aproximadamente 14 mil pesos.
La resolución judicial obliga al Congreso de Hidalgo a realizar una consulta indígena, es decir, un proceso formal en el que pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas deben ser informados, escuchados y tomados en cuenta antes de aprobar leyes o reformas que puedan afectar sus derechos.
Aunque el Congreso de Hidalgo ya había intentado realizar una consulta a pueblos y comunidades indígenas tras la reforma electoral aprobada en 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó en 2024 que dicho proceso no cumplió con los estándares constitucionales, ya que no se llevó a cabo de manera previa, informada ni adecuada a las condiciones culturales de las comunidades afectadas.
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Por ello, la Suprema Corte ordenó reponer el procedimiento y garantizar una consulta real, previa y efectiva.
Hasta ahora, las acciones reportadas por el Poder Legislativo, como gestiones administrativas o posibles convenios, no han sido suficientes para acreditar que la consulta ya se llevó a cabo de acuerdo con lo establecido.
La notificación, emitida en marzo de 2026 por el Juzgado Tercero de Distrito en Hidalgo, mantiene abierto el proceso y obliga al Congreso local a documentar de manera puntual cada paso que tome para cumplir con la sentencia.
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