Desde el inicio de la LXIII Legislatura, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) ha iniciado tres acciones de inconstitucionalidad contra normas avaladas por los diputados de Hidalgo. La más reciente, contra la Ley del Centro de Conciliación Laboral propuesta por el Ejecutivo del estado.
El 16 de mayo, el organismo autónomo controvirtió ante los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el ordenamiento, enviado por la administración estatal el 7 de febrero de 2018 y avalada por los legisladores el 5 de abril. Fue publicada en el Periódico Oficial de Hidalgo (POEH) el 16 del mes pasado.
La CNDH argumentó que transgrede garantías porque excluye “injustificadamente” a los mexicanos por naturalización, ya que para ser titular del organismo laboral exige como requisito que el aspirante sea mexicano por nacimiento.
“La fracción I, en la porción normativa por nacimiento del artículo 14 de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo, vulnera los derechos de igualdad y no discriminación, y en consecuencia, el derecho a dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos, al establecer como requisito para ejercer el cargo de Director General del Centro de Conciliación Laboral de esa Entidad Federativa, el ser mexicano por nacimiento, excluyendo injustificadamente a aquellas personas cuya nacionalidad es adquirida por naturalización”, menciona el escrito de demanda de acción de inconstitucional”.
Sin embargo, este no es el único iniciado por el ente contra una ley avalada por el Congreso. El 10 de enero de 2018 promovió otra acción de inconstitucionalidad por la modificación al artículo 322 BIS párrafo primero del Código Penal local, pues la legislatura estableció una deficiente tipificación del delito de tortura; no previó la totalidad de las conductas que se configuran, con lo que se trasgrede el derecho a la seguridad y acceso a la justicia, señaló.
El 23 de agosto de 2017, la CNDH interpuso otro recurso contra el artículo 301 del Código Penal, en la que se establecían los supuestos de abuso de autoridad, los cuales eran idénticos a los regulados por delitos de tortura, tratos crueles e inhumanos y degradantes de la ley en la materia, por lo que se generaba una doble legislación. El error fue corregido el 12 de noviembre de 2017.
Marisol Flores I Pachuca