¿Más días de descanso obligatorio?… si se aprueba la Ley Federal del Trabajo

Te decimos cuáles podrían ser los nuevos días de descanso obligaotrio

 
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Día de descanso

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En los próximos meses, los legisladores mexicanos estarán inmersos en la discusión de una iniciativa que busca ampliar la tabla de días feriados obligatorios establecida en la Ley Federal del Trabajo (LFT). Esta propuesta permitiría a los trabajadores del sector formal mexicano disfrutar de más días de descanso o, en su defecto, recibir un salario triple por sus labores durante estas fechas.

Hasta la fecha, la LFT contempla únicamente nueve días de descanso obligatorio, incluyendo el 1 de enero, el primer lunes de febrero, el tercer lunes de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre, el 1 de octubre cada seis años por la transición presidencial, así como el 25 de diciembre.

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La iniciativa, aún no discutida en el Congreso de la Unión, surge en un contexto de numerosas propuestas legislativas en materia laboral, como las vacaciones dignas y la posible reducción de la jornada laboral a 40 horas, temas aún pendientes de discusión.

Para los trabajadores del sector formal mexicano, estos son los nuevos días feriados que podrían incorporarse a la tabla de descanso obligatorio de la LFT:

  • El 5 de mayo por el Aniversario de la Batalla de Puebla.
  • El 10 de mayo por la Conmemoración del Día de las Madres.
  • El 15 de mayo por la Conmemoración del Día del Maestro.
  • El 1 y 2 de noviembre por el Día de Muertos.

La propuesta se remonta al pasado mayo de 2023, cuando el diputado local de la Ciudad de México, Nazario Norberto Sánchez, presentó una iniciativa de reforma a la LFT ante el Congreso de la Unión, buscando agregar más días feriados a los ya contemplados en las leyes mexicanas.

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En caso de aprobarse la iniciativa, la tabla de días festivos pagados en México se vería modificada de la siguiente manera:

  • El 1o. de enero
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • El 1o. de mayo
  • El 5 de mayo por el Aniversario de la Batalla de Puebla
  • El 10 de mayo por la Conmemoración del Día de las Madres
  • El 15 de mayo por la Conmemoración del Día del Maestro
  • El 16 de septiembre
  • El 1 de noviembre por el Día de Muertos.
  • El 2 de noviembre
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • El 1 de octubre
  • El 25 de diciembre

El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral

Cabe destacar que, según la LFT, en caso de trabajar durante estos días feriados, las empresas deberán pagar a los empleados el triple de su salario.

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