Te decimos cuál es la multa del SAT por no realizar la declaración anual
 
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En marzo, las personas morales tienen que cumplir con la declaración anual del ejercicio fiscal correspondiente al 2022, mientras que para las personas físicas la fecha límite es en el mes de abril.

No presentar la declaración anual de impuestos se considera como defraudación fiscal, lo cual puede llevar a multas y sanciones según el monto y actividad no declarada, de acuerdo al Código Fiscal de la Federación.

Para cumplir con la Ley, se recomienda hacer la declaración anual en la fecha límite y asegurarse de cumplir con los requisitos necesarios para evitar anomalías.

La declaración anual es un documento que resume las transacciones realizadas por los contribuyentes durante el último año ante el SAT, y es obligatorio tanto para personas morales como físicas.

De acuerdo con la información publicada en la página web oficial del Servicio de Administración Tributaria (SAT), las personas físicas que perciban ingresos durante un año calendario, con excepción de aquellos que estén exentos o sobre los cuales se haya pagado un impuesto definitivo, tienen la obligación de pagar el impuesto anual correspondiente a través de una declaración presentada en el mes de abril.

El artículo 109, apartado V del Código Fiscal de la Federación establece que aquellos que incumplen con la presentación de declaraciones definitivas por un período de más de 12 meses, así como con aquellas correspondientes a un ejercicio fiscal requerido por las leyes fiscales, serán sancionados por cometer defraudación fiscal.

Estas sanciones pueden incluir multas económicas y penas de prisión. No obstante, esto no significa que los contribuyentes que no hayan presentado su declaración anual sean enviados a prisión de forma inmediata, ya que existen ciertas consideraciones que la autoridad debe tener en cuenta.

Aplicará el SAT multas por facturas mal emitidas
Te decimos cuál es la multa del SAT por no realizar la declaración anual | Foto: Reforma

La Ley establece que la pena de prisión será de tres meses a dos años cuando el monto defraudado no exceda del millón 932 mil 330 pesos, mientras que la pena de prisión será de dos a cinco años si el monto defraudado supera el millón 932 mil 330 pesos, pero no excede de 2 millones 898 mil 490 pesos.

En contraste, aquellos que defrauden cantidades superiores a 2 millones 898 mil 490 pesos pue-den recibir una sentencia de prisión de tres a nueve años. Si el monto defraudado no se encuentra dentro de estas categorías, el SAT puede imponer una multa que oscila entre mil 400 y 17 mil 370 pesos.

Además, si un contribuyente incumple con la presentación de sus declaraciones a través de internet, presenta las mismas fuera del plazo establecido o no cumple con los requisitos necesarios, se les sancionará con una cuota que varía de 14 mil 230 a 28 mil 490 pesos, según lo indicado por las autoridades fiscales.

Redacción

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