Van tres denuncias por presuntos delitos electorales: fiscal
 
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Van tres denuncias por presuntos delitos electorales: fiscal
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Sergio Zúñiga Hernández, titular de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo (PGJH), informó que en lo que va del actual proceso electoral 2021-2022 en la entidad solo han recibido tres denuncias por actos que presuntamente son constitutivos de delito.

Indicó que dos de estas denuncias se iniciaron en contra de servidores públicos que presuntamente acudieron a eventos proselitistas en horarios laborales y la otra fue ingresada a través de la aplicación móvil denominada Fiscalía Electoral, la cual puede ser descargada a través de las tiendas virtuales de manera gratuita.

En entrevista en el programa A Criterio de…, Zúñiga Hernández recordó que en las elecciones municipales de 2020 la incidencia delictiva de ilícitos electorales se “disparó” por diferentes circunstancias, como la suspensión del proceso por la pandemia, por lo que recibieron más de 800 denuncias, hubo 39 personas detenidas y 69 personas fueron denunciadas por violencia política contra las mujeres en razón de género.

En la elección de diputados locales y federales de 2021 trabajaron en campañas de prevención del delito y únicamente tuvieron 150 denuncias, una persona detenida y nueve denuncias por violencia política de género.

Redacción I Pachuca

 

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las sentencias del órgano jurisdiccional de Hidalgo (TEEH) en las que declaró la inexistencia de actos anticipados de precampaña y campaña de los tres precandidatos a la gubernatura del estado.

En el expediente SUP-JE-33/2022, interpuesto por Movimiento Regeneración Nacional (Morena), se buscaba acreditar que las publicaciones de un video y una imagen de Francisco Berganza Escorza, precandidato a la gubernatura por Movimiento Ciudadano (MC), contravenían la normativa electoral.

Lo anterior, toda vez que en ambos elementos se refirió a la ciudadanía como “paisanas y paisanos”; sin embargo, la sala declaró infundados los agravios de que el tribunal local no analizó los planteamientos y no dictó medidas cautelares, pues su homólogo no estaba obligado a hacerlo.

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